CORPORACIÓN CIENCIAS DE LA SALUD
LA PRIMERA INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN EN SALUD DE CÓRDOBA
MINISTERIO DE SALUD - EDUCACIÓN
LICENCIA 0435 SEM .
Dirección: Dirección: Calle 27 # 7-30 Montería - Córdoba
Telefonos: 604 783 5204 - 301 217 0484 - 321 615 5114 - 300 642 5396


Programas

Vigilado por la Secretaria de Educación Municipal de Montería

REGLAMENTO DOCENTE.


REGLAMENTO DOCENTE CORCISA

El eje de formación de la institución es el docente, su hacer facilita la construcción de objetivos individuales, la satisfacción de expectativas que están estrechamente relacionadas con los proyectos de vida de los estudiantes, los cuales se conectan con la realidad en un contexto socioeconómico, el modelo de docente permite que el estudiante copie rasgos de su perfil profesional, por ello se espera que el desempeño profesional docente cumpla con las expectativas de la institución en cuanto a su integralidad así como la sociedad misma, por esto se dispone del reglamento docente como mecanismo de regulación del trabajo, siendo la labor educativa el eje central de la misiva institucional.
OBJETIVO: Regular la prestación del servicio educativo mediante el cumplimiento de normativo que aquí se divulgan como docentes de la institución y, que de igual manera convenga al ser actores de formación dentro de la sociedad.

SON FUNCIONES DE LOS DOCENTES

1. Cumplir con la planeación de competencias en cada sesión de trabajo.
2. Entregar los planes de competencias a la coordinación académica.
3. Evaluar el desempeño de las competencias por grupos de estudiantes.
4. Entregar las calificaciones de cortes académicos y finales a coordinación académica, de acuerdo al plan inicial.
5. Participar en la elaboración de la planeación y programación de las actividades del área respectiva.
6. Actualización y organizar los contenidos de las competencias en el proceso de enseñanza aprendizaje de las áreas o saberes de formación a su cargo, de acuerdo con la programación, en el marco de educación por competencias laborales.
7. Asistir y participar de las reuniones instituciones docentes.
8. Participar en las actividades programadas por la corporación que fomenten el desarrollo de la formación personal y de los estudiantes.
9. Cumplir la jornada laboral y la asignación académica de acuerdo al plan semestral.
10.Responder por el uso adecuado y seguridad de los equipos confiados a su manejo.
11.Cumplir con las actividades asignadas según la naturaleza del cargo.

SON DERECHOS DE LOS DOCENTES

1. Tener a disposición los recursos necesario para el desempeño de sus labores.
2. Ser respetado por su dignidad personal, sus creencias y sentimientos.
4. Llevar al día los registros de horas laboradas.
5. Recibir el pago por los servicios en función de su labor educativa.
6. Ser reconocido públicamente al año cuando obtenga merito por su desempeño.
7. Ser capacitado y actualizado.

SON DEBERES DE LOS DOCENTES

1. Respeto a las directivas, compañeros de trabajo, estudiantes y demás personas relacionadas con la institución, ejerciendo trabajo con integralidad y buena voluntad.
2. Considerar las observaciones dadas o solicitudes a que haya lugar de manera fundada, para ser corregidas o mejoradas.
3. Permanecer durante la jornada de trabajo en el sitio o lugar en donde debe desempeñar las labores siendo.
4. Ejercer la docencia de acuerdo al PEI institucional.
5. Prestar la colaboración posible en caso de siniestro o riesgo inminentes que afecten o amenacen las personas o las cosas de la empresa.
6. Tener una hoja de vida actualizada con los soportes que demuestren la idoneidad.
7. Guardar reserva y confidencialidad de los planes, programa metodológico y PEI Corcisa.
8. Tener contrato laboral.
9. Actualizar la hoja de vida anualmente.
10.Entregar las calificaciones y socializar las calificaciones a los estudiantes de manera oportuna.
11.Portar el portafolio de evidencia debidamente actualizado.
12.Portar el carnet que la institución le ha facilitado en un sitio visible.

CORCISA prohíbe:
1. Sustraer del establecimiento los útiles de trabajo, las materias primas o productos elaborados sin previo permiso.
2. Presentarse en estado de embriaguez o bajo la influencia de sustancias psicoactivas.
3. Conservar armas de cualquier clase en el sitio de trabajo con excepción una autorización legal.
4. Llegar tarde a las horas de clases, o faltar al sin justa causa.
5. Hacer colectas, rifas o cualquier otra clase de recaudo financiero sin previo acuerdo.
6. Limitar o presionar en cualquier forma a otros miembros el ejercicio de su funciones.
7. Desarrollar trabajos o cobros a nombre de la empresa fuera de la institución sin previa autorización oficial emitida por los directivos de esta institución.
8. El no desarrollo de la temática del plan de estudios sin previo acuerdo con la institución.
9. La no entrega oportuna de calificaciones.
10.La inasistencia a las reuniones sin previa justificación válida.
11.Permitir dejar a los estudiantes solos en el aula de clase durante un periodo mayor a media hora académica sin justificación y sin una guía que respalde la ocupación de los estudiantes.
12.Salir con los estudiantes uniformados a actividades sin previa aclaración y permiso.
13.Ser discriminatorio con el estudiante del mismo género o genero contrario dentro y fuera de la institución.
PARAGRAFO:
Incurrir en cualquiera de estas faltas es causal de terminación unilateral del contrato de trabajo.

FALTAS Y SANCIONES
Se establecen las siguientes clases de faltas leves, y sus sanciones disciplinarias, así:
1. El retardo hasta de quince (15) minutos en la hora de entrada sin previa excusa Con descuento de media hora del valor ordinario de una hora de clase vigente.
2. La falta total al trabajo durante el día sin excusa suficiente, cuando no cause perjuicio de consideración, implica, por primera vez, llamado de atención, por más faltas reiteradas la terminan con suspensión en el trabajo hasta por tres meses.

Tenemos convenio con